Palabras del subsecretario de Seguridad Pública, Luis Rodríguez Bucio, durante la presentación del informe Cero Impunidad, desde la conferencia matutina

SUBSECRETARIO LUIS RODRÍGUEZ BUCIO: Buenos días.

 

Con su permiso señor presidente, me voy a permitir presentar el avance de Cero Impunidad, del 17 de octubre al 13 de noviembre: 

 

Tenemos siete extradiciones por parte de la Fiscalía General de la República, todas hacia diversas cortes de los Estados Unidos: Nueva York, Oklahoma; todos por delitos de homicidio, abuso sexual. Tres más, igual a diversas cortes de los Estados Unidos por los mismos delitos.

 

Ahora tenemos detenciones importantes: Ésta de Rubén “N”;  él fue detenido por su probable responsabilidad en los delitos de feminicidio de sus dos hijas, y del feminicidio agravado en grado de tentativa en contra de su esposa, su suegra e hijastra.

 

Los hechos ocurrieron aquí en el estado, en Los Mochis, el 18 de octubre de este año.

 

De acuerdo con las investigaciones de la fiscalía, el 18 de octubre por la noche el detenido se encontraba en compañía de las víctimas, en un domicilio ubicado en el fraccionamiento Quintas de Cortés, en Los Mochis, cuando de pronto atacó con un martillo a sus dos hijas privándoles de la vida y, posteriormente, golpeó Igualmente con el martillo a su esposa, su suegra, hijastra, hasta dejarlas inconscientes y creyendo que las había asesinado, huyó del domicilio. Él fue detenido posteriormente en Huatabampo.

 

Esta detención de Juan Esteban “N”, presunto líder del Cártel de Santa Rosa de Lima, y primo de José Antonio “N”, alias El Marro, fue detenido el 3 de noviembre del 2023 por la Fiscalía de Guanajuato, apoyado por el Ejército Mexicano, Guardia Nacional, CONASE;  esto en la carretera Celaya a Juventino Rosas, en Guanajuato.

De acuerdo con la Fiscalía de Guanajuato, tras la detención de Juan Esteban, integrantes del mismo grupo delictivo intentaron rescatarlo por lo que agredieron a las fuerzas de seguridad, quienes repelieron la agresión.

 

Esta otra detención es la de Christian “N”, detenido por su probable responsabilidad en el delito de homicidio culposo cometido en agravio de una ciclista de nombre Jessica, tras atropellarla con un tráiler mientras circulaba sobre la lateral del Circuito Interior, en la colonia Tlaxpana, en la alcaldía Miguel Hidalgo, en la Ciudad de México, el 17 de octubre del 2023.

Él fue detenido el mismo día de los hechos, sin embargo, en audiencia de control un juez declaró ilegal la detención al considerar que la persona que atestiguó en  los hechos solamente se percató de las características del vehículo, pero nunca vio a la persona y fue dejado en libertad.

 

Tras realizar trabajos de campo y gabinete, la Fiscalía de la Ciudad de México logró obtener orden de aprehensión y fue detenido en el Estado de Hidalgo.

 

Esta vinculación a proceso de Alfonso “N”, se le acusa de su probable responsabilidad por el delito contra la salud en la modalidad de transporte de fentanilo; tras ser hallado en posesión de 2 millones 597 mil 543 pastillas de esta droga. 

 

Aquí, tras una denuncia anónima, fue detenido Alfonso “N” por la Fiscalía General de la República en la carretera Federal número 15, a la altura del poblado 5, en Ahome, Sinaloa. El detenido fue puesto a disposición del Ministerio Público Federal.

 

Esta sentencia de mil 650 años de prisión a Christian “N” y a Santiago “N”, integrantes del autodenominado Cártel del Golfo, por los delitos de delincuencia organizada y secuestro agravado de 66 víctimas, en este caso a Christian “N”.

 

Mientras que Santiago, por delito de portación de arma de fuego, granada, cartuchos, delincuencia organizada y el secuestro agravado de nueve víctimas, y contra la salud.

 

Ambos fueron detenidos en septiembre del 2013, por integrantes de la entonces Policía Federal, en Reynosa, Tamaulipas, quienes se percatan de que los hoy sentenciados portaban armas de fuego; les dan seguimiento hasta un inmueble donde tenían privadas de su libertad a 75 personas.

Esta sentencia de 50 años de prisión a 11 elementos, y 19 años a Ismael “N”; son 12 ex integrantes de la Secretaría de Seguridad Pública de Tamaulipas. Fueron sentenciados tras acreditarse su participación en el asesinato e incineración de 19 personas, -17 de ellas eran de origen centroamericano- en enero de 2021, en el municipio de Camargo, Tamaulipas.

 

Los cuerpos incinerados de las víctimas fueron encontrados al día siguiente al interior de dos vehículos calcinados.

 

Estos 11 fueron sentenciados a 50 años de prisión por los delitos de homicidio calificado, abuso de autoridad y delitos contra la administración de la justicia; mientras que Ismael a 19 años, únicamente por delitos de abuso de autoridad y contra la administración de justicia.

 

Y esa sentencia de 20 años de prisión a estas tres personas: Jesús “N”, Herminio “N” y Carlos Alberto “N”, tras acreditar su responsabilidad en el homicidio calificado cometido en agravio de Mario Alejandro “N”; era de procedencia militar y era escolta de uno de los sentenciados, de Jesús “N” quien, a su vez, fue candidato a la alcaldía de Las Choapas, en Veracruz, en el proceso electoral del 2021. 

 

La víctima, originaria Tabasco, fue hallada sin vida con un tiro de gracia y desmembrado dentro de un tambo de cemento arrojado al río Tancochapa, esto en Las Choapas; había sido reportado como desaparecido desde el día primero de noviembre de 2020.

Ahora tenemos algunos casos de jueces que con sus decisiones protegen algunos delincuentes:

 

Tenemos el caso de Tito “N”,  él fue alcalde en Tierra Blanca, Veracruz. El  24 de abril de 2023, el juez José Ezequiel Santos Álvarez otorgó un amparo al exalcalde para dejar insubsistente el auto de vinculación a proceso decretado en su contra el 24 de septiembre del 2022, por delitos ambientales, ordenando su absoluta e inmediata libertad.

 

Esta determinación después fue confirmada por unanimidad por los magistrados del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito.

 

Uno de los argumentos del juez Santos Álvarez fue que no se le puede considerar partícipe de delitos ambientales a Tito “N”,  por el solo hecho de haber firmado la contratación a una empresa para la limpieza del municipio, misma que contaminó el medio ambiente en Tierra Blanca por tirar basura a cielo abierto; ello a pesar de que la Fiscalía de Veracruz presentó como medios de prueba dictámenes en materia pericial, en criminalística y en materia ambiental que acreditan como Irreversible el impacto ambiental generado.

 Tenemos el caso del amparo al ex secretario de Gobierno de Veracruz del 2016 al 2018; él es acusado de contratar de manera ilegal una empresa extranjera de estudios e imagen pública, presuntamente para posicionar al hijo del entonces gobernador del estado de cara a la elección del 2018.

El 12 de junio del 2023, el juez Fermín Santiago Santiago otorgó el amparo a Rogelio “N” para dejar insubsistente el acto de vinculación a proceso decretado en su contra, en diciembre del 2022, por los delitos de peculado equiparado y ejercicio indebido del servicio público. 

Ordenó el Juez de Control dictar la no vinculación por falta de elementos para progresar; el juez Santiago Santiago señaló que no puede considerarse que las solicitudes de pago realizadas por Rogelio “N” fueron arbitrarias o sin fundamento legal, ya que de haber sido el caso, se hubiera tenido que informar al gobernador del estado lo cual no ocurrió, por lo que no se determinó detrimento del patrimonio del estado. 

Esta resolución después fue confirmada por mayoría de votos por los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en materia penal del Séptimo Circuito, aunque aquí fue dos votos a favor y el juez Martín Soto Ortiz en contra. 

El caso de Gabriel “N”. Él fue oficial mayor de la Secretaría de Educación de Veracruz, subsecretario de Finanzas y de Administración, así como secretario del Trabajo del 2011 al 2016, fue sentenciado a seis años, seis meses de prisión. 

Aquí la jueza Sarahí Escobar Acosta, el 31 de agosto del 2023, otorgó un amparo a Gabriel “N” para dejar insubsistente la audiencia del 15 de junio de 2023 en la que se impuso la medida cautelar de prisión preventiva justificada, por el delito de enriquecimiento ilícito; para ello, ordenó al Juez de Control que citara a las partes a una nueva audiencia y con plenitud de jurisdicción determinara variar o no la prisión preventiva. 

La jueza argumentó que el Juez de Control y Enjuiciamiento no tomó en consideración la presunción de inocencia, así como la idoneidad y proporcionalidad de la prisión preventiva.  Ello a pesar de que la jueza ya tenía conocimiento de que Gabriel “N” ya había sido sentenciado a seis años y seis meses de prisión el 15 de junio de 2023, y había peligro de sustracción.  

En cumplimiento a lo anterior, el 9 de octubre del 2023 el juez local de Pacho Viejo, René Ortiz Sartorios, impuso resguardo domiciliario como medida cautelar.   

Y cabe señalar que la sentencia de 6 años, 6 meses de prisión no ha causado ejecutoria, pues hay un recurso de apelación pendiente de resolver. 

Tenemos el caso del exprocurador Jesús “N”, exprocurador General de la República por el caso de Ayotzinapa. Aquí el 2 de noviembre del 2023, que fue un día feriado y fue puente vacacional, el juez José Rivas González en la audiencia de revisión de medidas cautelares, usó el encargo de la guardia que le permite sustituir al  juez titular de la causa y cambió la medida cautelar de prisión preventiva a prisión domiciliaria, argumentando cuestiones de salud en beneficio del exprocurador General de la República, acusado delitos de tortura, desaparición forzada y contra la administración de justicia. 

La determinación del juez Rivas González viola el curso regular de la justicia, pues aprovechó el sistema de turnos de los juzgados; fijó un plazo de dos horas y media para celebrar la audiencia de revisión de medidas y además, omitió el análisis de alto riesgo procesal de sustracción presentado por Cenapi, así como la situación de salud del procesado, la cual es estable. 

La determinación del juez Rivas González no exonera a Jesús “N” de su probable responsabilidad penal pues continuará en prisión preventiva justificada por tortura y desaparición forzada que se sigue en otra investigación en el Reclusorio Sur.

Tenemos el caso de dos jueces que suspenden la entrada en vigor de reformas; se trata de la Reforma por el Decreto por el que reforma y se adiciona un párrafo del artículo 224 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, por el que se extinguen trece fideicomisos del Poder Judicial de la Federación, que fue publicado el 27 de octubre del 2023.

Aquí el juez Juan Fernando Luévano Ovalle, el 30 de octubre, es decir tres días después de la publicación del decreto, concedió una suspensión provisional para que las autoridades señaladas como responsables se abstengan de aplicar las consecuencias y efectos legales de la reforma; se abstengan de cancelar o extinguir los fideicomisos, suspendan de forma inmediata la entrega y/o transferencia de los recursos de todos aquellos fideicomisos celebrados por el Consejo de la Judicatura Federal.

El 9 de noviembre de este año, el mismo juez confirmó ya la suspensión definitiva. 

Aquí el juez Luévano Ovalle, concluyó que atendiendo a la apariencia del buen derecho, de no otorgarse esta suspensión, la reforma puede tener consecuencias jurídicas de difícil reparación para los promoventes, y que esto puede trascender al interés social, ya que la sociedad está interesada en que se mantenga el sistema democrático, la división de poderes, la independencia judicial y autonomía presupuestaria. 

El otro caso es el de la jueza Elizabeth Trejo Galán. El día 7 de noviembre otorgó una suspensión provisional a la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación, para que las cosas se mantengan en el estado que guardan; se suspendan todas las consecuencias de la reforma, los órganos del Poder Judicial de la Federación que pongan como fideicomitentes, se abstengan de extinguir los fideicomisos; no se haga entrega de fondos recursos remanentes, así como los productos y aprovechamientos derivados de los fideicomisos a la Tesorería de la Federación. 

De acuerdo con la jueza Trejo Galán, de no otorgarse esta medida se corre el riesgo de afectar derechos adquiridos de los trabajadores del Poder Judicial de la Federación, lo que podría mermar la función jurisdiccional e implicaría una enorme afectación a la sociedad.

La jueza Trejo Galán pertenecía a la Asociación de Jueces y Magistrados, que hoy es beneficiaria de esta suspensión provisional.

Sería cuanto señor presidente.

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